CODIGOS F.I.M. - FE.PA.M.
 

COD. Test Deportivo FIM (.pdf)

COD. Antidoping FIM (.pdf)

COD. Moto Ambiental FIM (.pdf)

COD. Pasivo Ambiental SEAM (.pdf)

COD. Informe Tesoreria Fepam (.pdf)
COD. Requisitos Organizador Oficial (.pdf)

 

NUEVA PLATAFORMA LEGAL

COD.  INSTITUCIONALIDAD FEPAM
Las autoridades de la Fepam, son defensoras del orden INSTITUCIONAL y respeta la verticalidad de las autoridades vigentes. Cuenta con los reconocimientos oficiales nacionales e internacionales que avalan su LEGALIDAD como unica institucion valida del motociclismo en Paraguay segun Ley Nac. 2.874/06. Rechaza y condena todo tipo de conductas y gestiones SEPARATISTAS, que solo intenta desinformar y confundir a la opinion publica, con conductas conspirativas, maliciosas,  dañinas para la oficialidad del deporte en general todo.
Toda gestion realizada por personas y/o supuestas instituciones y/o supuestas Comisiones de Carrera (no autorizadas) no gozan de los beneficios legales que la Fepam dispone como entidad deportiva oficial: autorizaciones legales, exoneraciones impositivas, apoyos oficiales, etc, y estan carentes de representatividad legal por ser  consideradas irregulares, ilegales y PRIVADAS, por lo que son apacibles de ser intervenidas por las buenas de la ley y el orden Publico:  Policia, Fiscalia, Aduanas, Municipios, Ministerios de Hacienda, Medio Ambiente, Secretaria del Deporte y Fepam. La FEPAM se exime de toda responsabilidad legal, jurídica y fiscal de todos aquellos eventos particulares e irregulares que no estén debidamente autorizados por la FEPAM, COP y SND.  Rechaza todo acto irregular e ilicito de motos (Evasion Fiscal, Usurpacion de Marcas, Contrabando, Competencias ilegales, etc)
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COD. Derechos Civiles FEPAM
LA FEPAM SE RESERVA LOS DERECHOS DEPORTIVOS, COMERCIALES y PUBLICITARIOS.
como maxima autoridad del motociclismo en Paraguay, amparada en la nueva Ley Nacional del Deporte 2.874/06; como unico regente motor del motocilismo por los avales nacionales: Secretaria Nacional Deporte (SND) y Comite Olimpico Paraguayo (COP); regida por las autoridades internacionales: Union Latinoamericana Motociclismo (ULM) y  Federacion Internacional Motociclismo (FIM), y tambien por los Registros de Marca obtenidos en el Ministerio de Industria y Comercio, dispone en exclusividad de los titulos: CAMPEONATO NACIONAL, CAMPEONATO PARAGUAYO, CAMPEONATO REGIONAL, CAMPEONATO METROPOLITANO, CAMPEONATO LATINOAMERICANO, CAMPEONATO SUDAMERICANO, CAMPEONATO MERCOSUR, todas las disciplinas del motociclismo a realizarse dentro del Pais.

COD. DERECHOS y OBLIGACIONES FEPAM
La fepam es una INSTITUCION OFICIAL, que rinde sus memorias de sus gestiones y administraciones UNICAMENTE  a sus asociados en Asamblea. Recibira Notas por Mesa de Entradas y contestara las mismas dependiendo los antecedentes que hubiere. La Fepam se reserva el derecho de responder o no a entidades ajenas no federadas. Por tal motivo la Fepam esta dispuesta a presentarse a cualquier Autoridad Nacional y/o Tribunales Civiles y/o Tribunales Deportivos inmediatamente superior Nacional  e Internacioal, para presentarse con los avales y reconocimientos federativos respectivos y con DOCUMENTACION OFICIAL en mano que garantizan su legalidad, cuando sea requerido por estos.

COD.  INFORMACIONES y PUBLICACIONES OFICIALES
La Fepam es una institucion deportiva honorable y sus autoridades son personas de prestigio en el ambito PERSONAL, FAMILIAR, PARTICULAR, PROFESIONAL, EMPRESARIAL,  ademas ser autoridades reconocidas en el ambiente deportivo nacional e internacioal (SNT-TACPY-COP-SND-ULM-FIM), por lo que no le interesa ni debe MEDIATIZAR las divergencias (erroneas o no) en caso de que hubiere. Dara a conocer sus decisiones oficiales, noticias y novedades, mediante mecanismos escritos oficiales: Website, New Letters, Comunicados Oficiales, Prensa Escrita (Diario ABC y Revista EnMoto, espacio oficial Fepam) y por nota oficial.


COD. Costos Federativos FEPAM
1) Todo Piloto con interés en participar en las competencias oficiales nacionales, internacionales, debe estar afederado a la FEPAM. Costo anual U$S 10.-
2) Pilotos profesionales de MX1-MX2-MX3 que deseen participar en las competencias oficiales e internacionales de la ULM deben abonar su LICENCIAI ULM de U$S 150.- anual que los habilita a participar como piloto nacional (Se deja constancia que este es un requisito de la ULM)
 3) Motoclubs y/o Asociaciones que deseen afederarse a la Fepam, deberán abonar Fee Ingreso U$S 500.- y mantener sus cuotas mensuales U$S 20.- por mes y cumplir con los requisaitos legales y técnicos segun estatutos generales. En caso de 2 meses atraso, perderá su condición de socio activo (voz y voto). En caso de 1 año de atraso, perderá su membresía total, sin derecho a reclamo ni reinserción.
4) Cada Motoclub y/o Comisión de Carrera (afederada o no) en carácter de organizador y/o co-organizador de las competencias oficiales, deben abonar a la Fepam, U$S 100.- por fecha  en concepto de Derechos Deportivos.
5) Empresa Productora de Eventos Deportivos y/o Comisión de Carrera y/o Motoclubs, con interés de uso y usufructuo de las pistas de la Fepam, deberán abonar costo de subarrendamiento por evento (3 dias de uso), Pista COP u$s 1.000.- y Pista Ñu Guazu U$S 1.500.- abonado en forma adelantada y se entregaran en el estado en que se encuentran.
6) Usuarios que desean adquirir vestimenta oficial Fepam:
-----Campera Fepam          -- U$S  100.- (opcional)
-----Camisa Fepam             --U$S     50.- (opcional)
-----Kepy Fepam                 ---U$S     30.- (opcional)
-----Carnet Piloto Fepam      U$S     10.- (opcional)


COD. Piloto Nacional FEPAM
En caso de Representacion en el extranjero, los pilotos interesados deberan firmar Contrato Privado con la Fepam , con derechos y obligaciones, estar sujero el reglamento FEPAM-ULM y SND-COP (Proyecto personal, Ranking Nacional e Internacional. Debida seleccion y aprobacion del Comite de Alto Rendimiento), según Ley  2.874/06.
Para participar en competencias del exterior legalmente autorizado deberan presentar su Licencia ULM previa cumplimiento de requisitos obligatorios. Los pilotos, con su Inscripcion  deben presentar Certificado Medico, apto para deportes de alto rendimiento y estar sujeto a controles sorpresivos de antidoping.

COD. Varios FEPAM
CODIGO MEDICO FEPAM
Considerando que el motocross es un  DEPORTE EXTREMO, la Fepam exige por reglamento, que para poder participar en las competencias oficiales al inicio de cada año, los pilotos deberan excibir el Certificado Medico apto para deportes de alto rendimiento. Dicho Certificado consta de menciones reales de: Electrocardiograma, Analisis de Sangre, Glucemia, Urea, Creatinina y Radiografia del Torax con menciones de aptitud para alto rendimiento con sello y firma del Medico.(No es un certificado medico comun).
CODIGO MENORES FEPAM
Los pilotos menores de edad deberán presentar indefectiblemente al inscribirse, la autorización de sus padres hecha por escribanía o Juzgado de Paz, y una  fotocopia de Cédula de Identidad o pasaporte. Sin la presentación de estos requisitos, no podrá ser habilitado para la competencia.-
CODIGO RESPONSABILIDAD CIVIL
Los pilotos por el solo echo de firmar el formulario de Inscripción, eximen a la Fepam,  al Moto Club Organizador, a la Comision de Carrera, a las autoridades de la Prueba y a cualquier otra entidad fiscalizadora, o a toda entidad ligada al Campeonato,  de toda acción Civil  o penal cometido por el o los pilotos  y/o por su equipo (en caso de que el piloto sea menor de edad el formulario será firmado por el padre, madre y/o tutor. La Autorizaron debe estar expedida ante escribanía o juzgado de paz o de menores.
COD. DONACIONES FEPAM
Considerando que la Fepam es una entidad deportiva sin fines de lucro, todo aporte privado sera recibido en caracter de DONACION, sin reclamo de devolucion por supuestos prestamos.
Toda mercaderia y/o herramientas seran recibidas en caracter de donacion, sin devolucion por supuestos prestamos ni pago por las mismas.
Todo apoyo publictario sera recibido en caracter de CANJE PUBLICITARIO, mediante la reciprocidad manifiesta entre las partes.

COD. BENEFICIOS ADICIONALES
La Fepam considera que tratandose de un deporte amateur, sin fines de lucro, Autoriza a realizar los eventos deportivos a BENEFICIO de los Bomberos Voluntarios del Paraguay y de otras entidades de Beneficiencia.Todo motoclub organizador y/o Comision de Carrera, habiendo cubierto todos su gastos y  en caso de que exista rentabilidad en concepto de Auspiciantes, Entradas, Inscripciones, Cantina, Canjes,  etc, las utilidades deben ser RE-DISTRIBUIDAS en el mismo evento deportivo  y/o en el mismo ejercicio anual  a los pilotos que cumplen con el 60% de la participacion del campeonato, ofreciendoles  reintegro economico y mayor beneficios sin costo en: hospedaje, viaticos, primas de largada, premios economicos, Cena de Camaderia,  Comodidad en Boxes, Pista Reglamentaria, Mantenimiento y Regado de Pista, etc. Todo ejercicio contable, del motocub co-organizador (por fecha) y de la Comision de Carrera (anual) debe terminar  en cero. Se creara Comision de Pilotos que fiscalizara los balances respectivos para la transparencia entre las partes.

COD. Prevención Civiles y Viales FEPAM
La Federación Paraguaya Motociclismo (FEPAM), sugiere ciertas normativas ideales para tener en cuenta y sugiere a las Autoridades como evitar los accidentes en la via publica
ESCUELA DE MANEJO:

Usuarios deben cursar y aprobar curso de manejo de motos, adquieriendo su certificado aprobado de una escuela de Manejo de Motos (FEPAM-TACPY)
CARNET  MUNICIPIAL
Usuarios deben presentar  certificado de Escuela de Manejo  y certificados médicos respectivos, para realizar examen final de Normas de Transito General Teorico y practico: señalizaciones, etc
COMPRA DE MOTO
Para comprar moto es obligatorio tener su Carnet de Manejo Moto Municipal
PLACA IDENTIFICATORIA
Toda moto debe ser entregada ya con la placa identificatoria ( chapa patente)
CASCO REGLAMENTARIO
Todos los usuarios de moto deberán comprar y adaptarse a las características especiales de este elemento. Tambien  Chaleco Reflectivo, Cintas reflectivas en la vestimenta, casco y moto.
NO MÁS DE DOS PERSONAS SOBRE LA MOTO
Se prohíbe el uso de motocicletas con mas de dos personas.
NO MAS MENORES DE 10 AÑOS EN MOTOS
Se prohibirá el tránsito de motocicletas con menores de 10 años de edad.
ESTADO DE EMBRIAGUEZ
Se prohíbe el uso total y absoluto en estado de embriaguez.
REVISACION TECNICA OBLIGATORIA
Mantenimiento obligatorio de las motos, con certificados mensuales.
ESTABLECER MAXIMO VELOCIDAD
Los límites máximos de velocidad son: a) En zona urbana, en calles: 40 kph; en avenidas: 60 kph. En zona rural:  100 kph;  En autopistas 120 kph. 
HORARIO DE CIRCULACIÓN
Se prohibe el trasito de motos en las horas nocturnas (23 hs hasta 6 hs)
Por molestias que causan  los ruidos de las motos en el horario nocturno, que superen los niveles de emisión de ruido establecidos reglamentariamente, y en Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación  Ruidos y Vibraciones
OTRAS NORMAS
Usuarios deben transitar ocupando un carril, y no se podrán transportar objetos que disminuyan la visibilidad, que incomoden al conductor o acompañante o que ofrezcan peligro para los demás usuarios de las vías.